¿Es posible negarse a una obra en la comunidad de propietarios?

Según el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), ningún propietario puede oponerse a la realización de obras comunitarias ni impedir el acceso a los elementos comunes para ejecutar dichas obras su vivienda ni impedir el acceso a la misma para ejecutar dichas obras.  Además, la LPH establece que las obras necesarias para la conservación, seguridad y habitabilidad del edificio son de carácter obligatorio para todos los propietarios. 

Según el artículo 9.1 de la LPH: “Consentir en su vivienda o local las reparaciones necesarias para el servicio del inmueble y permitir las servidumbres indispensables para la ejecución de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes, siempre que estas se realicen conforme a lo estipulado en la Ley. El propietario tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios ocasionados”.

Aunque existen algunas excepciones en las que los propietarios pueden negarse a pagar ciertas obras. Por ejemplo, el artículo 17.4 de la LPH permite a los propietarios no estar obligados a contribuir a mejoras o innovaciones que no sean esenciales para la conservación, habitabilidad, seguridad o accesibilidad del edificio, y siempre que su coste supere tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Otro caso en el que los propietarios podrían negarse  a realizar obras, es si estas no han sido aprobadas correctamente conforme a la LPH, es decir, si no se han aprobado mediante la junta  de propietarios.  Además, tal y como se establece en el artículo 18 de la LPH, todos los propietarios tienen derecho a impugnar judicialmente las obras si consideran que vulneran sus derechos o si no están de acuerdo con el presupuesto. 

¿Qué ocurre si las obras comunitarias afectan a tu vivienda?

Si las obras de la comunidad afectan directamente a tu vivienda, tienes derecho a varias protecciones. Además de poder impugnarlas y exigir que tu vivienda quede en buen estado tras las obras, también tienes derecho a indemnización por daños innecesarios, como la demolición accidental de paredes o la rotura de tuberías o cables que no deberían haber sido afectados.

Asimismo, la Comunidad de propietarios está obligada a compensar los daños, como habitaciones inutilizadas, e incluso ofrecer alojamiento temporal en caso de que sea necesario.

¿Qué obras de conservación afectan a todos los propietarios?

Entre las obras de conservación que requieren la participación de todos los propietarios, se incluyen:

  • Reparación de la fachada: las grietas pueden causar filtraciones y, si no se reparan, desprendimientos.
  • Impermeabilización de la azotea: evita filtraciones de agua en techos y paredes.
  • Reparación de la puerta del portal y el portero automático: problemas en estos elementos comprometen la seguridad.
  • Obras de accesibilidad: como la instalación de rampas o barandillas.
  • Reparación del ascensor: es crucial para personas con movilidad reducida o mayores.
  • Arreglos en la iluminación de escaleras y zonas comunes: evita accidentes y facilita la evacuación en emergencias.
  • Mantenimiento de bajantes comunitarias: previene inundaciones y malos olores.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento específico sobre la normativa y las implicaciones de las obras comunitarias, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a resolver cualquier consulta.